viernes, 13 de febrero de 2009

Pregunta 1: Descripción del caso

Siguiendo con el análisis del caso de la ética para los negocios y los derechos de los trabajadores en el TLC, se realizara a continuación un resumen de los planteamientos principales según la información recogida y del análisis hecho.

Un tratado de libre comercio (TLC) es un acuerdo comercial bilateral o regional entre los países miembros con la finalidad de expandir el mercado de bienes y servicios y buscar los mayores beneficios que se puedan tratar entre los países participantes, de tal manera que todo sea reciproco. Estos TLC son regulados y aceptados por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Un TLC no implica integración económica por lo que es importante acordar de la manera más precisa todas las normas y efectos que traería la firma de un TLC para los países participantes.

Un TLC tiene como objetivo eliminar barreras que afecten el comercio, promover las condiciones para una competencia justa, incrementar las oportunidades de inversión, proporcionar una protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual, establecer procesos efectivos para la estimulación de la producción nacional y fomentar la cooperación entre países amigos. Estos objetivos no siempre se cumplen a su cabalidad, por ello se debe regular estos TLC para que el bienestar tanto económico como social y político de ambos países se vea beneficiado de la mejor manera.

En relación a los TLC y los derechos laborales es importante recalcar en primera instancia a los derechos humanos como derechos fundamentales que están por encima de cualquier TLC, ya que tienen que ser respetados por todos los gobiernos, ya que estos defienden la dignidad humana. Esta dignidad humana implica igualdad, justicia y libertad, los cuales tienen que ser respetados no solo por los gobiernos sino también por las empresas, ya sean pequeñas o grandes. Los derechos humanos son de carácter universal y ajeno a cultura alguna, ya que están inherentes a la persona humana. Por ello ningún TLC puede omitir estos derechos, ya sea en los trabajadores de las empresas involucradas en el TLC o las comunidades en las cuales se desenvuelve el TLC

Uno de los problemas que trae los TLC es que entran al mercado local empresas transnacionales, las cuales son tan grandes que limitan la autoridad del gobierno hacia los ciudadanos. Esta situación se debe a la falla gubernamental de muchos gobiernos sudamericanos, ya que se dejan manipular o influenciar por estas empresas para que actúen en su propio beneficio.
Estas empresas tienen tanto poder corporativo que muchas veces la economía de estos mercados sudamericanos dependen de estas, ya que son estas quienes brindan la mayor cantidad de empleos enfatizando que estos son oportunidades laborales muy beneficiosas para los empleados pero no siempre resulta de esta manera.

Nuestro caso se enfoca en la relación de los derechos de los trabajadores del TLC y la ética por lo que se profundizara más en ello. Las empresas involucradas en la firma de un TLC deben brindar no solo sostenibilidad económica en los mercados donde se desenvuelven sino, también, deben actuar a favor de la protección, facilitación y promoción de los derechos de los ciudadanos, incluyendo los de sus trabajadores.

En la mayoría de los TLC que involucran a Estados Unidos o China con países sudamericanos como Perú, Colombia, Ecuador, etc. se puede apreciar que los derechos laborales no son respetados, ya que las empresas transnacionales que vienen a estos mercados subdesarrollados tienden a incrementar sus horas laborales de 8 a 14 horas diarias, según las estadísticas, sin pagar las horas extras como se debería. Asimismo, no se les brinda los beneficios laborales estipulados por la ley e incluso se les da un trato discriminatorio y un ambiente hostil para trabajar.
Esta situación no es en todas las empresas, pero se ha visto muchos casos en donde empresas con mucho prestigio no protegen a sus trabajadores de tal manera que se provocan huelgas y hasta vandalismo por parte de estos hacia las empresas, ya que ni el gobierno soluciona sus problemas de bajos salarios ni cumplimiento de sus beneficios. Esta situación hace que otros stakeholders se vean afectados como las pymes, ya que al abarcar menos mercado su sostenibilidad se ve débil, lo que en muchos casos termina en quiebra. Otro stakeholder es la comunidad, en especial las familias de estos trabajadores, ya que mientras el PBI del país aumenta a raíz de crecimiento de estas empresas, el desarrollo de los trabajadores se estanca sin ninguna visión de superación.

Las empresas involucradas en los TLC deben tener una responsabilidad social, ya que ello implica no solo ver por sus propios intereses sino, también, por el bienestar de la comunidad. Los trabajadores tienen que hacer respetar los derechos y los gobiernos involucrados deben apoyarlos como autoridad que son, ya que las leyes deben hacerse cumplir a todos por igual, tanto a empresas locales como a empresas internacionales. Existen organismos que velan por los derechos de los trabajadores como es la Organización Mundial del Trabajo (OIT), quien fomenta y defiende los derechos laborales en distintos países.


La ética para los negocios está sumamente plasmada en los derechos laborales en el TLC, ya que muchas empresas cometen faltas contra la ética, ya sea cuando obligan a sus trabajadores a trabajar más horas sin pagarles las horas extra o pagándoles un salario mínimo cuando saben que muchos de ellos son la cabeza de una familia y que niños dependen de ellos. En las explicaciones siguientes se podrá apreciar teorías éticas aplicadas a este caso, ya que los derechos de los trabajadores en los TLC no están siendo respetados, ya sea por motivos económicos, sociales o culturales y ello concierne a dilemas éticos. Están actuando bien las empresas solo pensando en su crecimiento económico, los trabajadores defienden sus derechos y nos son escuchados, la participación del gobierno es limitada o nula en estos procesos, todas estas situaciones abarcan este caso.

Fiorella Janampa

Pregunta 2: Unidad 3

2.1 Análisis del utilitarismo

Se sabe que el utilitarismo es el máximo bienestar para el máximo número de personas, pues parte del principio de la mayor felicidad, es decir, la decisión correcta que se tome va a depender de cuál genere mayor cantidad de satisfacción a las personas implicadas o la que retire mayor cantidad de sufrimiento, una satisfacción general no colectiva. En esta ocasión, se evaluará la decisión de firmar o no el TLC, según el grado de afectación en los derechos laborales y cómo la ética para los negocios actúa en cada uno de los grupos constituyentes, de tal manera que se logre un equilibrio entre estos y el caso analizado, minimizando el sufrimiento. Después de realizar este análisis podremos concluir si la firma del TLC mejorará los derechos laborales de los trabajadores o producirá mayores beneficios para las personas influyentes en relación a dichos derechos.




* Nota: el cuadro será enviado al mail del profesor debido a su baja visualización



Tal y como lo demuestra el análisis costo beneficio, existe mayor placer en firmar el TLC, pues contribuye a la mejora de la competitividad empresarial y, por ende, laboral; facilita el incremento del flujo de inversión extranjera, pues brinda certidumbre y estabilidad al país; ayuda a competir en igualdad de condiciones, es decir, los trabajadores se vuelven más capacitados; y fomenta la creación de empleos. Entonces, por consiguiente, aumenta el sufrimiento en no firmar el TLC. Ahora bien, con la firma del TLC se implantarán muchos cambios en los derechos de los trabajadores, pues van a cambiar los estándares laborales. Es por eso, que en esta ocasión se realizará un análisis costo – beneficio si se deben de cambiar dichos estándares a fin de la modificación de los derechos laborales:

*Nota: el cuadro será enviado al mail del profesor debido a su baja visualización

Por este cuadro se puede concluir que, según el análisis de las preguntas anteriores, la biodiversidad el agua y los recursos naturales, permiten a las transnacionales demandar a los estados cuando consideren medidas que "afecten sus beneficios", es decir, tienen el derecho a obtener ganancias respecto a cualquier objetivo que tengan las medidas gubernamentales o municipales. Lo que puede dejar sin trabajo a muchas personas, incluso con el libre flujo de mano de obra. En cuanto a las mujeres campesinas, encontrarían obstáculos para continuar con sus prácticas tradicionales, pues la propiedad intelectual permite a las transnacionales llegar a patentar hasta plantas y especies animales. Sin embargo, con la firma del TLC, el Perú continuará cumpliendo su legislación laboral. Es por eso que el TLC no significará la imposición de normas legales ya establecidas. Sin embargo, lo que se busca es eviutar la desprotección de los derechos básicos de los trabajadores y garantizar las protecciones adecuadas con la respectiva capacitación. Esto conllevará a las mejoras en la calidad del empleo y con respeto a los niños e igual capacitación a las mujeres.

2.2 Análisis de la teoría de la justicia

En esta teoría se analiza el trato de manera equitativa a todos los trabajadores, dándole las mismas oportunidades de negocio e informándolos acerca de los procedimientos a cumplir para lograr una representatividad o un consorcio donde las transacciones acordadas libremente logren su propósito inicial. Es decir, cómo tratar a estos trabajadores de tal manera que se respete sus derechos laborales y que se asegure que obtengan lo que se merecen.

En cuanto a los procedimientos justos, no todo el mundo tiene la oportunidad de conseguir un estímulo por sus esfuerzos, pues los trabajadores no tienen el mismo derecho de libertades básicas posibles. Es decir, de cierta manera, el acuerdo traerá más daño a los peruanos que viven en la pobreza que los que venden sus productos agropecuarios al mercado nacional. En tal sentido, el TLC no coloca al desarrollo como uno de sus objetivos centrales. Tampoco asegura que los avances logrados sobre derechos laborales y propiedad intelectual se mantengan al momento de desarrollar las normas e instrumentos que deberán aprobarse en el Perú luego de la ratificación, entonces, este acuerdo comercial no llega a ser próspero para los agricultores, los trabajadores ni para los consumidores en el Perú. Ahora bien, el acuerdo no propicia la información necesaria al decir que no toma en cuenta los subsidios que Estados Unidos le da a su agricultura, lo que implica que los pequeños agricultores se verán enfrentados a una desventaja de productos agrícolas subsidiados que ingresarán a sus mercados, un dumping.

Al abrir el mercado nacional a todos los productos agrícolas subsidiados por Estados Unidos, este acuerdo destruirá la agricultura para el mercado interno, amenazará nuestra seguridad alimentaria e incrementará los problemas sociales. Es más, las demandas de los productores agrícolas por mayor inversión pública en la agricultura y por la modernización de este sector no han sido atendidas por muchos años, y ahora que las necesidades están mucho mayores, la amenaza a los medios de vida es mucho peor.

Si bien el TLC beneficiará a un sector de industriales textiles y a agroexportadoras, la agricultura es la principal fuente de ingreso en las áreas rurales y será perjudicada. Por esta razón, se debe de informar a los gremios agrarios sobre los temas que permitirán que la agricultura pueda enfrentar los problemas de este acuerdo, como la tecnología, investigación y desarrollo, modernización, financiamiento, sistema tributario promotor, sistema de comercialización, entre otros.

Por otro lado, se pueden apreciar resultados injustos en este caso, pues dicho concepto trata de que los hechos sean repartidos a todas las partes en proporción a lo que ellos están siendo responsables. Ahora bien, al firmar el Tratado de Libre Comercio, los trabajadores no están recibiendo los beneficios esperados su trabajo. En tal sentido, cuando las empresas extranjeras inviertan en el Perú, se querrá implementará una ley de cambios para los trabajadores, pues se aumentará las horas laborables diariamente de 8 a 14, y la disminución de las vacaciones anuales de 30 a 15 días, asegurando que “mejoraría” los resultados de los trabajadores, cuando en realidad, los trabajadores peruanos laborarían más y con las mismas condiciones salariales y el mismo nivel de competitividad cuando esto se puede contrarrestar perfectamente bien con una nueva tecnología que mejore los procesos productivos.


Otro factor que contribuye a este problema de la justicia es que el acuerdo tiene una cláusula que impide y prohíbe que en el Perú se revierta lo que ya se avanzó en la privatización de la seguridad social. Es decir, protegen a las Administradoras de Fondos de Pensiones. Por ejemplo, si Perú decide ser más estricto con las AFP y exige que los trabajadores participen en los directorios; al amparo de esa cláusula del TLC, cualquier inversionista norteamericano podría ponerle una demanda al Perú ante un Tribunal Arbitral Internacional "por afectar sus expectativas de ganancias futuras (expropiación indirecta)", en este sentido, los inversionistas extranjeros involucrados podrían demandar compensación del gobierno peruano si se revisase la privatización de la seguridad social (sistema previsional). Dicho de otro modo, si el Perú busca fortalecer su Sistema Nacional de Pensiones, puede ser objeto de una demanda internacional.
Esta cláusula perjudicaría su derecho de lograr que el gobierno peruano disolviese la privatización del sistema de pensiones, dado que el gobierno no podría pagar una multa enorme por el derecho de restaurar un servicio público.
Uno de los que se “beneficiarían” con las provisiones del TLC sería Citibank (empresa norteamericana y la accionista principal en Profuturo AFP), pues buscaría una compensación del gobierno peruano "por la pérdida de sus ganancias futuras originada por cambios en la seguridad social privada" (léase sistema previsional). De esta manera, esta cláusula no solo promueve la tercerización de empleos, sino que disminuye sueldos, desplazan campesinos en naciones empobrecidas.

Cabe resaltar que los trabajadores campesinos, puede aumentar el desempleo y la migración, pues ha habido países que firmaron el TLC y el campo de sembrado se a arruinado por la llegada de las empresas extranjeras. Esto conlleva también a los riesgos alimentarios, por la “invasión” de productos subsidiados y la “destrucción” de la producción agrícola nacional, se perderá parte de la producción y biodiversidad. Por otra parte, el TLC obliga al país a aprobar leyes de propiedad intelectual sobre las semillas.

Jimena Cárdenas

Pregunta 3: Unidad 4

Plantee un ejemplo en el se aplique una variable de intensidad moral en el caso que analiza


Ejemplo:

Al existir estas grandes maquiladoras que llegan a los países que han completado los tratados de libre comercio, crean fuentes de trabajo para las personas. En la mayoría de veces, si no es en todas, estas multinacionales se aprovechan de las necesidades de las personas por un trabajo remunerado y las hacen trabajar horas extras no pagadas, no poseen derecho a vacaciones, en otras palabras las “explotan”. Al suceder esto, las personas poco a poco van cansándose y deteriorándose más y más por la cantidad de carga de trabajo que se les asigna. Lo único que conlleva esto es al enriquecimiento excesivo de las multinacionales, gracias al TLC, a costa del empobrecimiento tanto físico como emocional de los trabajadores de dichas empresas.



Intensidad Moral:

Como sabemos, la intensidad moral tiene seis factores pero el que más resalta en este ejemplo es “La Magnitud de las Consecuencias”, ya que causa grandes daños a las personas que trabajan en una maquiladora gracias a que nosotros, como gobierno, hemos permitido que estas empresas entren a nuestro territorio sin una debida supervisión.

Además, los daños que causan a las personas son tremendos porque como ya recalque no solamente son físicos sino, también emocionales. Para dejar en claro me refiero con físico por el desgasto corporal debido al exceso de trabajo, y el emocional se origina por la explotación misma y por no tener un trabajo considerado justo ni correcto.

Por lo tanto, este tema se considera importante en las agendas gubernamentales, ya que al causar grandes y graves daños en los trabajadores se deberán tratar de regular y solucionar estos problemas. De este modo, podemos concluir con que el factor que más se relaciona con ese caso y este ejemplo es de la magnitud de las consecuencias que hace que, en general, se sienta que un problema es sumamente importante por las consecuencias que este trae consigo.

Pamela Vera

Pregunta 4: Unidad 5

En la actualidad los Tratados de Libre Comercio que está ratificando el Perú señalan en lo que es materia laboral que las disposiciones locales deben de respetar la legislación internacional relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo conforme la Organización Mundial del trabajo. Asimismo, existe una nueva tendencia a reconocer los derechos laborales. Por ejemplo, el TLC de Perú, Colombia y Panamá con EE.UU. introducen un nuevo derecho laboral “la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación” (no prevista en TPA) y precisan sobre el trabajo infantil “La abolición efectiva de las peores formas trabajo infantil y otras protecciones laborales para niños y menores”. Pero a pesar de estos mecanismos de protección existen falencias en la legislación peruana que hacen que las empresas busquen la forma de sacarle la vuelta a las normas.
Como la protección demandada por los trabajadores es pre­sentada por muchos empleadores como un obstáculo para el crecimiento económico, mejora de la competitividad y la inversión, muchas veces pagan menos que el mínimo legal a sus trabajadores, contratan a los trabajadores de mayor nivel de calificación profesional en planilla y a los trabajadores menos calificados bajo el régimen de subcontratación. Como resultado tenemos un primer grupo de trabajadores de la empresa principal con beneficios muchas veces recortados y un segundo grupo de trabajadores con menores condiciones de trabajo. Asimismo, los empresarios usan de manera indiscriminada los contratos temporales lo cuales solo deben ser usados para situaciones excepcionales afectando de manera perjudicial la estabilidad laboral. Por otro lado, el Estado dispone de pocos inspectores que revisen que se estén cumpliendo los derechos laborales. Por ejemplo, solo en Ica el Estado dispone de sólo 2 (dos) inspectores para monitorear a más de 100 empresas esparragueras que operan en Ica, lo que constituye, en realidad, una invitación a vio­lar la ley laboral. De esta manera, a las mujeres en la agroindustria de Espárragos se les hace firmar contratos sin leer, cuando trabajan en el campo deben permanecer a la intemperie, agachadas, cargando sobrepeso y expuestas a la intoxicación por agroquímicos, en época de cosecha las jornadas de trabajo pueden prolongarse más allá de las 12 horas y pueden llegar hasta las 18 horas diarias, sin pago de horas extras, además de ser amenazadas o despedidas si piden trato humano o si intentan sindicalizarse.
En conclusión, el TLC no contiene protecciones suficientemente fuertes para los trabajadores ya que solo incluye una tenue referencia a los salarios mínimos, la duración de la jornada laboral, la salud, la higiene y la seguridad ocupacional. Es más omite mecanismos efectivos para combatir la continuidad de estas prácticas discriminatorias.
Entonces las medidas que se pueden tomar para evitar que se hagan más trasgresiones a los derechos laborales con el TLC son las siguientes:
a) Reforzar el rol de la inspección de trabajo a nivel nacional.
b) Promover la libre asociación de trabajadores en sindicatos, que será el mecanismo que haga posible negociaciones colectivas y aumentos de salarios.
c) Eliminar regímenes especiales de promoción de la inversión en base a derechos laborales disminuidos.
d) Incluir mecanismos de promoción del trabajo decente en las compras gubernamentales. Ninguna empresa debe beneficiarse con nuestros impuestos si los bienes o servicios que produce o brinda no se dan en condiciones de trabajo decente.

Fernando Quiñones